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Notarios de Tamaulipas podrían realizar divorcios a parejas sin hijos

(Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa)


A través de una aserie de reformas a los Códigos de Procedimientos Civiles y Ley del Notarios en Tamaulipas, los fedatarios públicos podrían realizar divorcios de parejas sin hijos, informo Joaquín Roche Cisneros.

El integrante del Colegio de Notarios Públicos en Tamaulipas señalo que a través de estas reformas, los notarios tendían capacidades extras pero solo con el apoyo del Congreso del Estado cuya iniciativa involucraría modificaciones a la Ley de Notariado, con la capacidad de realizar divorcios administrativos; es decir, aquellas separaciones en las que no hay hijos involucrados o en caso de que haya, ya son mayores de edad y ya no estudien.

“Sería una buena iniciativa que en todo caso la tendrían que aprobar los diputados del congreso del estado, y con ello las personas que deseen divorciarse de manera rápida contarían con tres formas viales de hacerlo: la primera será ante un juzgado; en segundo lugar, está asistir al Registro Civil y ahora ante un notario público, si es que ambas partes tienen el mismo deseo” afirmo.

En esta reforma, que aún está en análisis, se anclaría que el notario es capaz de efectuar divorcios de mutuo consentimiento y en el administrativo, así como en la aclaración de actas del Registro Civil.

Además se optimizaría el tiempo en la realización de trámites administrativos en el proceso de divorcio en el estado, el Congreso de Tamaulipas tendría que aprobar reformas a los códigos civiles, de procedimientos civiles y Ley del Notariado mediante las cuales se crearía la figura del Divorcio Voluntario Notarial, aseveró Roché Cisneros.

Dijo que con esta modificación se establecería en los ordenamientos citados que el Divorcio Administrativo Voluntario se puede llevar a cabo ante un Notario Público plenamente acreditado, sin embargo tal iniciativa aún está analizándose.

“Se tendría que reformar el Código Civil, Código de Procedimiento Civiles, además de la Ley del Notariado, y creo que en todo caso sería para divorcios voluntarios, o sea por comparecencia propia”, precisó.

Este tipo de divorcio procederá únicamente en los casos de matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal y sin que haya hijos menores de por medio, la cual deberá ser disuelta y liquidada previamente de común acuerdo ante el mismo notario y se formalizará mediante escritura pública.

Ramón Mendoza S

Reportero

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