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‘Pega’ Profeco a ocho joyerías

(Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa)


La Procuraduría Federal de Consumidor (Profeco) inmovilizó más de mil artículos en nueve joyerías de Tamaulipas por incumplir con la información comercial de la norma 33, que establece que las piezas deben mostrar el quilataje, registro de fabricación y lugar de procedencia.

El delegado de la dependencia federal, Felipe Garza Narváez, explicó que dentro del operativo especial de verificación y vigilancia a joyerías de la entidad se realizaron 30 visitas a negocios de ese giro, de las que en nueve se inmovilizaron los productos.

De esas nueve joyerías, ocho pertenecen a esta Capital y una al municipio de Matamoros, mientras que la Joyería Real de Altamira se negó a la verificación.

De las 30 visitas que realizaron los inspectores de la Profeco, encontraron que once negocios de ese giros operan de manera correcta, en nueve se inmovilizaron los productos que se mencionaron anteriormente y una se negó a ser verificada.

Además fueron circunstanciadas, es decir, que ya no están en operación y que incluso ya hay otro tipo de negocio en el lugar.

De acuerdo a lo informado los productos que fueron inmovilizados se encontraban en ocho joyerías de Ciudad Victoria y una en Matamoros.

Los productos inmovilizados se encontraban a la venta de cuatro joyerías Balco, tres locales de la Joyería La Esmeralda y una más en Matamoros en la Joyería La Turquesa, detalló.

Para la joyería que se negó a ser verificada se podría aplicar una sanción que va desde los 231 pesos hasta 23 mil pesos, por incumplimiento de normalización las sanciones son de mil 402 pesos hasta los 110 mil 300 pesos, y por comportamiento comercial las sanciones van de 462 pesos hasta dos millones 600 mil pesos, estableció Garza Narváez.

El funcionario federal aclaró que únicamente se inmovilizaron los productos, mas no se clausuraron las joyerías, incluso los productos inmovilizados quedaron bajo la custodia de la propia joyería.

En cuanto a la negativa de verificación dijo que muchas veces los negocios son atendidos por empleadas y se niegan a aceptar la verificación.

“Lo que sigue es que el dueño se presenta después argumentando que en el momento no se encontraba localizable y cuando pudo comunicarse ya los verificadores de la Profeco se había retirado”, expuso.

Dijo que el hecho de que las empresas desconozcan la reglamentación no los exime de cumplirlas.

Garza Narváez refirió que la NOM-033-SCFI-1994 contiene información comercial-alhajas o artículos de oro, plata, platino y paladio.

La Profeco, a través de esta NOM verifica que los fabricantes, importadores o comercializadores de alhajas o artículos de oro, plata, platino y paladio que se comercialicen en territorio nacional cumplan con la información comercial mínima hacia el consumidor conforme a lo siguiente: Los productos objeto de esta NOM deben presentar en forma clara e indeleble los datos siguientes: La cantidad numérica que indique la ley del metal. En el caso de oro en quilates o milésimas y para la plata, platino y paladio en milésimas, la naturaleza del metal mediante los símbolos “K” para oro, cuando se exprese la ley en quilates, o solamente la expresión en milésimas, “Ag” para el caso de la plata, o solamente la expresión “925” o “Sterling” para esa ley.

“Pt” para platino, “Pd” para paladio, país de origen, marca o logotipo del productor extranjero, número de registro de contraste o logotipo o signo propio del importador o productor nacional. Para el caso de los artículos de oro cuya ley se exprese solamente en milésimas marcada en el producto, debe indicarse en un cintillo adherido al producto, la naturaleza del metal y el grabado del logotipo o signo registrado de cada productor o importador es opcional.

Lupita Domínguez G.

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