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Arturo Escobar renuncia a la Segob, luego de que FEPADE solicitara su aprehensión

(Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa)


2 meses y medio duró en su cargo en la Secretaría de Gobernación. La distribución de tarjetas Premia Platino hunden al -hasta ayer- vocero del Partido Verde.

Arturo Escobarro Escobar, quien se desempeñaba desde el pasado 9 de septiembre como subsecretario de Prevención y Participación Ciudadana de la Secretaría de Gobernación, renunció a su cargo este miércoles por la noche, luego de darse a conocer que la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) de la PGR solicitó a un juez girar una orden de aprehensión en su contra.

En una carta dirigida a “la opinión pública”, el ahora ex funcionario explicó que “he notificado a la Secretaría de Gobernación la decisión de separame del cargo que venía desempeñando”.

“Lo anterior con el objetivo de facilitar el adecuado curso de las investigaciones, y de contribuir a que el proceso se conduzca con absoluta transparencia. Esto no obstante que hasta el momento no he sido requerido por ninguna autoridad judicial”, indicó.

“Rechazo las imputaciones en mi contra, y expreso mi plena confianza en que se esclarecerán los hechos y se confirmará mi inocencia“, finalizó.

Sobre el caso, la PGR informó en un comunicado que “se consignó la Averiguación Previa relacionada con presuntos delitos electorales cometidos por un dirigente de un partido político y empresarios por las aportaciones en dinero y en especie cuando existe prohibición legal para ello, contemplado en el artículo 15 de la LGMDE. Así como por el diverso contemplado en el artículo 7 Fracción XXI, relativo a proveedores no autorizados por la autoridad administrativa (Instituto Nacional Electoral)”.

“En términos de lo dispuesto por el artículo 142, párrafo segundo del Código Federal de Procedimientos Penales, el Juez tiene diez días, contados a partir de la radicación del expediente, para ordenar o negar la orden de aprehensión. La Procuraduría General de la República será respetuosa de la resolución que en su momento llegue a determinar el órgano”, abundó.

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